Análisis · Fiscal internacional
Pagos al extranjero a precio neto: quién absorbe el ISR
Tu empresa contrata a un proveedor en el extranjero y acepta un precio neto: él recibe el importe completo. ¿Quién paga el ISR? Tu empresa. Y el costo puede ser mayor de lo que parece.
Cuando quien paga cubre el ISR por cuenta del residente en el extranjero, ese impuesto se considera ingreso del proveedor (artículo 153 de la Ley del ISR). El precio del contrato deja de ser el costo real de la operación.
Tres revisiones antes de aprobar un pago internacional
- Clasificar. ¿Hay ingreso de fuente mexicana? Depende del tipo de pago, de la residencia del proveedor y del tratado aplicable. No todo pago al extranjero genera retención.
- Pactar. ¿Precio bruto o neto? La cláusula fiscal del contrato define quién soporta el impuesto.
- Documentar. Comprobante del proveedor con los requisitos de la regla 2.7.1.14 de la RMF, retención y entero cuando procedan, evidencia de materialidad y constancia de residencia fiscal si se va a aplicar un tratado.
Si falta una de estas piezas, la deducción queda expuesta.
Por qué importa a Dirección
El costo de un pago al extranjero se decide al firmar el contrato, no al hacer la transferencia. Una cláusula de precio neto mal calculada convierte un servicio presupuestado en un gasto mayor, y una retención omitida puede costar la deducción completa.
La pregunta para el CFO: ¿en tus contratos internacionales está escrito quién absorbe el ISR?
Este artículo es informativo y no sustituye una asesoría sobre el caso particular de tu empresa. Refleja la normativa a la fecha de publicación.