Comunicado SAT, cancelación de proveedores en REPSE ¿QUÉ DEBES HACER?
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3/14/20252 min read


Comunicado SAT, cancelación de proveedores en REPSE ¿QUÉ DEBES HACER?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comenzado a enviar comunicados a diversos contribuyentes, notificándoles sobre la detección de operaciones de subcontratación de servicios u obras especializadas con proveedores cuyo registro en el Padrón del Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) ha sido cancelado.
¿Por qué es relevante este comunicado?
El SAT enfatiza que para que el gasto derivado de la subcontratación de servicios u obras especializadas sea deducibley el IVA acreditable, los proveedores deben estar inscritos y activos en el REPSE. De lo contrario, los contribuyentes podrían enfrentar riesgos fiscales significativos.
Si se detectan inconsistencias, el SAT exhorta a los contribuyentes a corregir la situación y presentar las declaraciones complementarias correspondientes para evitar sanciones.
Consecuencias de no atender la situación
El comunicado también advierte sobre las posibles repercusiones por la omisión en el pago oportuno de impuestos, entre las que destacan: ✔ Actualizaciones y recargos sobre los impuestos no pagados. ✔ Multas económicas. ✔ Restricción temporal del Certificado de Sello Digital (CSD), lo que impediría la emisión de facturas. ✔ Posible comisión de un delito por defraudación fiscal, en caso de que la omisión implique un incumplimiento grave.
¿Debo responder al comunicado?
Cabe destacar que este aviso tiene un carácter informativo y no representa el inicio de facultades de comprobación. Sin embargo, recomendamos dar respuesta a través de los mecanismos de aclaración indicados en el comunicado. Esto permitirá: 🔹 Argumentar la validez de las deducciones y acreditamientos conforme a derecho. 🔹 Corregir cualquier inconsistencia detectada por la autoridad fiscal.
Claves para cumplir con la normativa de subcontratación
Con base en mi experiencia, hemos identificado que algunos proveedores se registraron en el REPSE sin estar obligados a hacerlo. Por ello, es crucial analizar cada caso particular y verificar que se cumplan los siguientes requisitos: ✅ Registro vigente en el REPSE. ✅ Contrato firmado especificando la naturaleza del servicio especializado. ✅ Evidencia del servicio recibido. ✅ Pago de retenciones de impuestos efectuadas a los trabajadores. ✅ Comprobante de pago de cuotas obrero-patronales ante el IMSS.
¿Cómo podemos ayudarte?
Si has recibido este comunicado o consideras que podrías estar en riesgo, podemos programar una reunión para analizar la situación en detalle.
📩 oheredia@russellbedford.mx
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